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Seminario Virtual: Paulas de la OMS sobre ética en la vigilancia de la Salud Pública



La Organización Panamericana de la Salud (OPS) lo invita a un seminario virtual para presentar estas pautas, recientemente publicadas en español por la OPS. Las pautas constituyen el primer marco internacional para dar orientación ética en los temas de vigilancia en la salud pública. La presentación de las pautas a cargo de Carla Saenz (Asesora de bioética) será seguida de comentarios de Roberta Caixeta (Asesora de vigilancia, prevención y control de enfermedades no transmisibles), Thais dos Santos (Asesora de vigilancia y control de enfermedades arbovirales) y Alejandro Giusti (Consultor de la Unidad de Sistemas de Información y Plataformas para la Salud). El seminario virtual se llevará a cabo el 15 de junio de 11:00 am a 12:30 pm (hora de Washington DC) y será en español. Para participar haga clic aquí Las pautas están disponibles en español aquí Las pautas están disponibles en en inglés aquí


Las 17 pautas incluidas en el documento son las siguientes: Los países tienen la obligación de crear sistemas de vigilancia de la salud pública apropiados, viables y sostenibles. Los sistemas de vigilancia deben tener una finalidad clara y un plan para la recolección, el análisis, el uso y la difusió de datos basados en prioridades relevantes de salud pública Los países tienen la obligación de crear mecanismos apropiados y efectivos para garantizar una vigilancia ética Los datos de vigilancia deberían recolectarse solo con una finalidad legítima de salud pública. Los países tienen la obligación de asegurar que los datos recolectados sean de calidad suficiente, oportunos, fidedignos y válidos para los objetivos de salud pública Un proceso transparente de definición de prioridades a nivel de gobierno debería orientar la de la vigilancia de la salud pública La comunidad internacional tiene la obligación de apoyar a los países que carecen de recursos suficientes para realizar la vigilancia Los valores e inquietudes de las comunidades deberían tenerse en cuenta al planificar, ejecutar y usar los datos de vigilancia Los responsables de la vigilancia deberían identificar, evaluar, reducir al mínimo y revelar los riesgos de daño antes de dar inicio a la vigilancia. El monitoreo de los daños debería ser continuo y, al identificar alguno, deberían tomarse medidas apropiadas para mitigarlo La vigilancia de las personas o los grupos particularmente susceptibles a enfermedades, daños o injusticias es fundamental y exige un escrutinio cuidadoso para evitar la imposición de cargas adicionales innecesarias. Los gobiernos y otras entidades que tienen datos de vigilancia en su poder deben de mantener los datos identificables debidamente resguardados En ciertas circunstancias, se justifica la recolección de nombres o datos identificables Las personas tienen la obligación de contribuir a la vigilancia cuando se requieran conjuntos de datos fables, válidos y completos y se cuente con la debida protección. En estas circunstancias, el consentimiento informado no es un requisito ético. Los resultados de la vigilancia deben comunicarse efectivamente al público objetivo relevante. Con las salvaguardas y justificación apropiadas, los responsables de la vigilancia de la salud pública tienen la obligación de compartir datos con otros organismos nacionales e internacionales de salud pública Durante una emergencia de salud pública, es imperativo que todas las partes involucradas en la vigilancia compartan datos de una manera oportuna Con una justificación y salvaguardas apropiadas, los organismos de salud pública pueden usar o compartir datos de vigilancia con propósitos de investigación Los datos de vigilancia con información personal identificable no deberían compartirse con organismos que probablemente los usen para adoptar medidas contra las personas o para otros propósitos no relacionados con la salud pública

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